La comparecencia en rueda de prensa por parte del presidente del Gobierno y de la presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid, tras su encuentro oficial en la sede de esta institución, ha impactado más por las declaraciones en sí de sendos políticos, por la escenografía montada en el lugar elegido para esta aparición pública.
Veinticuatro banderas de España y de Madrid, ha sido el llamativo fondo a efectos de cortinaje, del escenario habilitado en el interior de aquellas instalaciones, moqueta roja incluida-color solemne- y dos atriles para ambos intervinientes. Una imagen que nos recuerda la parafernalia norteamericana en campañas y debates electorales y que prodiga hasta la saciedad la exhibición de la emblemática enseña de “barras y estrellas”. Al parecer, la idea de este montaje salió de Moncloa.
No es la primera vez que Pedro Sánchez hace apariciones públicas arropado por la bandera de España, lo que obviamente no deja de ser un mensaje, aunque es cierto que esta moda no la prodiga por cualquier sitio de esta España invertebrada que diría Ortega y Gasset; más que nada, por no molestar, ya que sabemos que en algunas zonas de nuestra geografía, a algunos dirigentes autonómicos le salen sarpullidos si tienen que compartir su espacio con la rojigualda y que para ellos suele ser la cenicienta que tiene que dar prioridad a otras enseñas, de menor precedencia.
Y es que en esto de exhibir la bandera de España, los mandatarios políticos se cuidan mucho de seleccionar donde hacerlo, puesto que saben, como decimos, donde puede molestar su presencia y en ocasiones, en estos sitios, optan por dar preferencia a la exhibición de la enseña autonómica, soslayando la española.
Dicho esto, se llega a la conclusión que para los políticos, el uso de la bandera es una acción o estrategia de marketing con la que transmiten en ese momento un mensaje concreto, obviando, lo que es grave, la aplicación de la Ley 39/1981 de 28 de octubre y que regula el uso de la Bandera de España y otras enseñas.
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Ceremonia de simbolismos
La plaza de la Armería del Palacio Real fue el escenario institucional donde se celebró el “Homenaje de Estado a las víctimas de la coronavirus y de reconocimiento a la sociedad”, tal como rezaba en la invitación oficial. Implícitamente este reconocimiento era a los colectivos que le han hecho frente a esta pandemia en primera línea.
El acto fue presidido por el rey y en el mismo participaron representantes de instituciones, partidos-no estaban todos- y otros invitados. El presidente del Gobierno recibió a la Familia Real y a continuación se dirigieron a la línea de saludo para cumplimentar a las altas autoridades allí presentes. Saludo obviamente gestual, sin contacto físico como marcan las normas de cortesía y adaptándose a las pautas profilácticas del COVID.
Ha sido una ceremonia a la que se le quiso imprimir un carácter civil, laico y pletórica de simbolismo con un planteamiento sobrio y una arquitectura social muy peculiar, exenta de rimbombancias y evitando significados que pudieran suscitar otras interpretaciones. No vamos a polemizar respecto a cómo se generó la invitación oficial que cursó el propio Gobierno e incluso el formato del texto que poco tiene que ver con una redacción estandarizada tradicional: “El presidente del Gobierno transmite su deseo de compartir con…” y donde comunicaba que el acto iba a estar presidido por Su Majestad el Rey. Como tampoco matizar si fue correcto o no que invite el titular del Ejecutivo a un evento que preside el monarca y que se celebra “en su casa”…
Se montó una escenografía con una sobriedad en la estética-montaje de las sillas, de plástico blanco y sin estar vestidas, en círculo rodeando el pebetero central con la llama en honor de las víctimas y ubicado sobre una plataforma y en sus ángulos un discreto ornato floral verde, dos líneas de banderas de España y de todas las Comunidades Autónomas y el atril con el escudo de la Casa Real y la mayoría invitados con mascarillas oscuras, aunque algunos las portaban menos austeras y con logos o dibujos.
Y sobriedad en el desarrollo de la misma con la interpretación del himno nacional por la orquesta y coro de RTVE-otra opción hubiera sido, por ejemplo, la banda de música de la Guardia Real, pero el Gobierno prefirió mantener el espíritu “civil” del evento-, encendido de la llama, la ofrenda floral junto al pebetero, intervenciones por parte un representante en nombre de las víctimas y de los colectivos que han estado en primera línea de asistencia y finalmente la alocución del soberano.
Cosa distinta ha sido la misa en memoria de las víctimas convocada por la Conferencia Episcopal y a la que también asistieron los Reyes y que obviamente no tenía rango de “funeral de Estado” dada la entidad convocante.
El Gobierno ha optado por una ceremonia sin exaltaciones políticas de las que últimamente estamos sobrados debido al exceso de teatralidad y gestualidad por parte de nuestros representantes públicos. De hecho se produjeron imágenes inusuales, como la presencia del presidente de la Generalitat, quien accedió al lado de los flamantes reelegidos titulares de los gobiernos gallego y vasco. Y usual como al líder podemita con traje pero sin corbata, no sea que se vayan a romper moldes.
Banderas y pancartas
La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que fija como doctrina “que no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas”.
Esta determinación, que anuló el acuerdo del pleno municipal de Santa Cruz de Tenerife que reconocía la bandera de las siete estrellas verdes como la oficial de Canarias y acordando su enarbolamiento en un lugar destacado del Ayuntamiento, deja claro que no se puede colgar ninguna enseña en fachada alguna de Casas Consistoriales aunque bien puede extenderse a cualquier edificio público.
Esta es una vieja polémica, pues desde hace tiempo es usual que se utilicen las fachadas de estos inmuebles para exhibir enseñas o pancartas reivindicativas o con mensajes. La cuestión está en que una cosa es una bandera izada en un mástil, y otra un elemento tipo pancarta colgado desde una ventana o balcón. Y aquí radica la diferencia entre una enseña “oficial” y un cartel de medidas no estandarizadas que se expone al público desde la fachada de ese edificio institucional.
Como quiera que dicha sentencia (564/2020) se refiere a banderas oficiales, ahí surgen las interpretaciones subjetivas y más aún cuando el Defensor del Pueblo ha comunicado que las “banderas” que representan a colectivos y movimientos sociales y colectivos no se ven afectadas. Y como decimos, no es lo mismo una “bandera” como tal que una pancarta y no es lo mismo que ésta se cuelgue de un mástil del balcón o que penda desde una ventana u otro lugar de la fachada.
Mientras tanto, entre dimes y diretes, con motivo de la reciente celebración del día del Orgullo Gay, unos Ayuntamientos exhibieron el símbolo arcoíris y otros optaron por no hacerlo, ante dicha sentencia del Tribunal Supremo.
La cuestión es que la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas precisa en su artículo tercero que “la bandera de España será la única que ondee y se exhiba en las sedes de los órganos constitucionales del Estado y en la de los órganos centrales de la Administración del Estado” y junto a ella las demás enseñas consideradas oficiales. Más claro, agua. Por eso, la exhibición de cualquier otra que no tenga esta calificación como tales, implica una vulneración flagrante de la propia ley.
Los méritos del emérito
Parece que el retiro del Rey don Juan Carlos I está siendo más movido de lo previsto. El padre de nuestro soberano está focalizando la atención de una parte de la clase política que está empeñada en retirar las imágenes del monarca que descansan en instituciones públicas. Nos estamos refiriendo a lo sucedido en el Parlamento de Navarra -Sala de Gobierno del Legislativo foral-, después de que la Junta de Portavoces aprobase una declaración presentada por Izquierda-Ezkerra para su retirada.
Pero todavía más, la portavoz de EH Bildu en el Congreso anunciaba que su grupo parlamentario solicitará la retirada de todos los retratos y estatuas del Rey Juan Carlos que haya repartidos en el Palacio de la Carrera de San Jerónimo.
Y menos mal que la Mesa del Congreso rechazó la tramitación de la solicitud presentada por Unidas Podemos y otros partidos nacionalistas para investigar “posibles delitos” del anterior monarca, tras su abdicación. Se fundamenta esta decisión en el informe de los letrados del Congreso que oponía a cualquier indagación sobre las actividades de Juan Carlos I “ya que, aunque desde 2014 no sea inviolable, los hechos que se quieren analizar derivan de sus actuaciones cuando era jefe del Estado”.
Así pues, este ilustre miembro de la Familia Real no puede disfrutar de los beneficios que implican un retiro o una jubilación. “Creo que ha llegado el momento de pasar una nueva página en mi vida y de completar mi retirada de la vida pública” le escribía a su hijo, Felipe VI, en la carta que le dirigió con motivo de su “jubilación oficial”. Su situación parece más propia de un emérito que de un honorífico, considerando lo primero como “una persona que se ha jubilado y mantiene sus honores y alguna de sus funciones”, mientras que lo segundo define “enaltecer o premiar el mérito de alguien”.
Tanto Juan Carlos I como su esposa, mantienen vitaliciamente el título de rey y reina con carácter honorífico, tal como se recoge en la modificación del Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes y donde asimismo se especifica que recibirán tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona, Príncipe o Princesa de Asturias. Incluso se expresaba gratitud “no es sino la forma de plasmar la gratitud por décadas de servicio a España y a los españoles”.
La Corona atraviesa tiempos convulsos a tenor de las acciones de determinadas fuerzas políticas poco o nada constitucionalistas. Bueno, ya hasta se han liberado sanciones por “ultrajar” una imagen de los soberanos.
Estética y marketing
Uno de los debates sociales de estos días y suscitados a causa de la incidencia de la pandemia del COVID, se refiere al luto oficial, tal como ya hemos comentado en más de una ocasión. Pero es que la acción de tal duelo no se manifiesta exclusivamente a través de la expresión plástica de las banderas poniéndolas a media asta e incorporando-sólo en las de interior- un crespón negro colgado de la moharra o lanza del propio mástil.
Otra manera de visibilizar esta expresión de luto o dolor es a través de un complemento de nuestra ropa como es la corbata y que como tal, se convierte en un elemento de comunicación fundamentalmente por medio del color o dibujos de la misma. Así, tal como establecen las pautas sociales de etiqueta, cuando se acude a un funeral, lo adecuado es que el hombre, si viste esta prenda, ésta sea en tonos oscuros, como una muestra de respeto hacia la familia del finado, por lo que no es procedente llevarla en colores vivos y no tiene por qué ser necesariamente negra, que es la apropiada para los familiares.
Pues bien, como decimos, estos días se está debatiendo a propósito de las reticencias del Gobierno de España a declarar el luto nacional-cosa que anunció su presidente «en el momento en que la mayor parte de nuestro país esté en la Fase 1 de la desescalada», aunque con tanto galimatías de fases por Comunidades Autónomas, ya no se sabe donde sitúa esa fase adecuada para tal declaración-.Y mientras no se apruebe el correspondiente decreto que lo formalice, su máximo representante-recuerden, el presidente-en sus comparecencias públicas-tanto en el Congreso de los Diputados como en sus semanales alocuciones televisivas-, rechaza vestir corbatas en esos tonos marcadamente oscuros, a lo más, esporádicamente, lo hace con colores livianos.
Mientras, los líderes representantes a las fuerzas políticas primordialmente del centro-derecha, esto es, Partido Popular, VOX o Ciudadanos o el propio monarca, visten corbatas apropiadas a una expresión de duelo, con lo que están patentizando un claro mensaje a la sociedad, pues reiteradamente están reclamando del Gobierno que apruebe tal declaración del luto oficial en el Estado y que ahora mismo es el único que falta, pues Autonomías, Ayuntamientos y Diputaciones ya han hecho o están haciendo lo propio.
Así pues, como comentamos, a través del mensaje que se proporciona con el uso de la corbata, se está combinando la estética y el marketing y su exhibición, en este caso concreto, está acorde con la manifestación oficial de un luto que está reclamando todo un país. Cuando esto suceda, observaremos la indumentaria de nuestros gobernantes y asistiremos a una metamorfosis.
Caos protocolario
Estos días venimos haciendo referencia a las situaciones que está provocando el COVID-19, pero no precisamente en cuanto a su incidencia sanitaria o en lo que atañe a las repercusiones en nuestra salud y que, sin lugar a dudas, es lo que más nos debe importar, obviamente. Hemos hablado en esta sección de otros acontecimientos surgidos durante nuestro confinamiento ciudadano.
Por ejemplo, la aprobación de la ley orgánica para despenalizar las injurias a la Corona y los ultrajes a España a través de sus símbolos o el tremendo caos que a nivel protocolario se está produciendo respecto a la implantación del luto oficial y que en este caso, además, como suele decirse, va por barrios, considerando éstos a Autonomías, Provincias y Ayuntamientos.
Y si hablábamos recientemente sobre este tema, tenemos que volver a sobre el mismo, porque seguimos constatando que la declaración de dicho “luto oficial” continúa provocando desconcierto y a nuestro criterio profesional, errores. Pues tal como indicábamos, para que una enseña institucional esté afectada por el luto y por lo tanto se apruebe que ondee a media asta, el acuerdo o decreto tiene que proceder por parte de la institución o estamento que la tutela. Esto quiere decir, que cuando la Xunta acaba de aprobar el decreto de luto durante todo el mes de mayo, éste únicamente afectará a la bandera de Galicia. O cuando, por ejemplo, una Diputación Provincial como la de Ourense, ha hecho lo mismo en un reciente pleno, únicamente le afecta a su bandera específica, por lo que la enseña de España no puede ponerse a media asta, dado que ello es decisión del Gobierno y que todavía no ha aprobado ningún luto.
Es, por lo tanto, un error, aunque en los decretos de aprobación se diga que “ondearán a media asta las banderas oficiales”. Sólo atañe a la enseña de su incumbencia. Y porque, de esta manera, y de hacer así las cosas, cuando el Gobierno de España apruebe el luto oficial, entonces comprobará como las banderas del Estado ya están ondeando a media asta…
Y por esta circunstancia comentábamos en otro artículo que es necesario, además de contar siempre con un competente profesional y experto en protocolo, disponer de un reglamento o normativa que contemple y especifique los requisitos necesarios, una fórmula homogénea que determine procedimientos y protocolos-dado que también se producen errores en relación con la incorporación de crespones negros a las enseñas y vemos cómo se están colocando sin respetar las reglas tradicionales-, y de esta manera, contar con una norma consensuada que marque estas directrices, que además son de puro sentido común, pues cada bandera tiene una titularidad y que corresponde a la institución que la aprueba contemplando tanto su diseño como su norma de uso y protocolo. Esta es una permanente reivindicación de la Asociación Española de Protocolo, como también hemos comentado en más de una ocasión. Pero, de momento, es como clamar en el desierto.
Ordenar las enseñas
No nos cansaremos de repetirlo. Qué poca importancia se le concede al lenguaje protocolario de las banderas. Y lo que es peor, cuánto desconocimiento existe respecto a su reglamentación, normativa y pautas protocolarias de las mismas. Pero no sólo es eso, pues incluso comprobamos como en el mismo despacho del vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 del Gobierno de España, más conocido por Pablo Iglesias Turrión-nos remitimos a reciente imágenes difundidas-el juego par de banderas, España y la Unión Europea, están mal colocadas o lo que es lo mismo, esta invertido su orden.
Queremos ser benévolos y pensar que alguien las movió accidentalmente, porque sería un error como una catedral que esto suceda en un despacho oficial de alto rango y donde se supone además que hay profesionales encargados de velar por estas cuestiones protocolarias. Otro ejemplo fue en el despacho del presidente del PP, Pablo Casado, donde esas dos mismas enseñas aparecieron incorrectamente colocadas en alguna ocasión-imágenes correspondientes a alguna comparecencia estos días con motivo de la situación del COVID 19-.
No dejaremos de reivindicar el uso correcto en la colocación de las banderas institucionales, dado que el mismo está sujeto a unas precedencias que están determinadas en la Ley 39/81 de 28 de octubre y sobre la que reiteradamente hablamos en esta columna debido al frecuente incumplimiento de la misma. Claro que todo esto se soluciona si el tema está en manos de profesionales o personal especializado y cualificado, como todo en esta vida. Pero es que nuestra reivindicación se fundamenta en lo de otras veces: hay que darle al uso de la bandera la relevancia e importancia que tiene y porque jamás de coloca al azar. Como hemos dicho, su ordenación está contemplada en la citada disposición legal.
Específicamente, dice en su artículo sexto: Cuando se utilice la bandera de España ocupará siempre lugar destacado, visible y de honor. Si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño. Se entenderá como lugar preeminente y de máximo honor: cuando el número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central. Si el número de banderas que ondeen juntas es par, de las dos posiciones que ocupan el centro, la de la derecha de la presidencia si la hubiere o la izquierda del observador. Aquí es donde suele surgir la interpretación errónea de la exhibición.
En cualquier caso, se trata de asumir que la colocación de banderas no responde a una decisión arbitraria, pues tienen el mismo protocolo y precedencias que rige para las personas, de ahí la importancia de respetar su orden.
A media asta
A fuerza de parecer reiterativos, no nos queda más remedio que volver sobre el tema. Nos estamos refiriendo a la declaración de luto oficial con motivo de una desgracia, catástrofe o la pérdida de alguien que ha tenido alta representación institucional. En este caso, es una obviedad, porque se trata de expresar una señal de duelo por todos los fallecimientos que está produciendo el COVID-19 y que además supone una lamentable circunstancia que alcanza unos trágicos registros debido a una nefasta causa en periodo de paz.
Pues bien, ante tamaña desgracia, es más que indiscutible que el propio Estado, hace tiempo, debería haber declarado en todo el territorio el luto nacional, cuestión a la que se está resistiendo el Gobierno de Pedro Sánchez y sospechamos que por motivos espurios-la ministra portavoz argumentó que “es mucho más importante concentrar nuestra atención en que todo funcione correctamente”…- Pero lo que ha sucedido es que cada cual lo ha hecho o está haciendo a su libre albedrío-nos referimos a Comunidades Autónomas o Ayuntamientos-, como por ejemplo Autonomías como Madrid o Valencia. Pero la cuestión es que el protocolo del luto oficial establece que para que ondee a media asta cada bandera-estatal, autonómica o local-, previamente tiene que haber un acuerdo mediante decreto de los respectivos estamentos competenciales, Gobierno central, Comunidades Autónomas y Ayuntamiento. Algo que de un tiempo a esta parte no se está produciendo y debido a que no está regulado formalmente esta declaración y de ahí el consiguiente caos y donde viendo muchos balcones no se sabe a qué enseñas afecta el luto.
Precisamente la Asociación Española de Protocolo le acaba de enviar una carta al Director del Departamento de Protocolo de Presidencia del Gobierno, en la cual le insistía en la necesidad de consensuar la actualización de una normativa que regule dicha declaración de luto oficial “así como las situaciones y acciones de duelo nacional, de la organización de actos, exequias o funerales de estado y de aquellas indicaciones que, desde la jefatura de protocolo del Estado, puedan emanar en este sentido”. Y obviamente, se le pide que estas indicaciones han de ser, por su carácter vinculante, claras y precisas “nacidas del necesario consenso con el resto de las Administraciones autonómicas y locales” y aplicando criterios y planteamientos que no generen situaciones dispares en cuanto a su interpretación.
Como hemos comentado en otras ocasiones cuando hemos tratado este mismo asunto, esa carencia de una regulación a nivel general, es lo que conduce a esos errores de bulto respeto a la puesta en escena del luto mediante la exposición de enseñas y a cuáles les debe afectar el mismo qué hacer con las restantes. Pero al margen de la cuestión operativa o protocolaria, como antes hemos indicado, situaciones como la que estamos viviendo, requiere que nuestros dirigentes actúen con diligencia y premura y por lo memos se armonicen acuerdos y decisiones.
Injurias y ultrajes
En medio de esta vorágine informativa que provoca el COVID 19, la maquinaria de la Administración sigue funcionando, aunque sea a un ritmo menos frenético y en este sentido, los boletines oficiales continúan insertando publicaciones como normas, decretos, propuestas de ley, avisos y notificaciones, convocatorias o cualquier anuncio oficial. Y por eso es posible que haya pasado desapercibido que el Boletín oficial de las Cortes Generales (Senado) ha publicado la proposición de ley por la que se modifica la ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del código penal, para despenalizar las injurias a la corona y los ultrajes a España y que tiene vigencia tras su publicación en el BOE.
La misma ha sido promovida por el grupo parlamentario Esquerra Republicana-Euskal Herria Bildu. Se propone modificarla suprimiendo el apartado 3 del artículo 490 y los artículos 491 y 543. En concreto, quieren que se elimine el texto de aquella LO que dice “el que calumniare o injuriare al Rey, a la Reina o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o a la Princesa de Asturias, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son”.
Y también los artículos que especifican que “las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses” y también que “se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de la Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o de la Princesa de Asturias, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona”. Igualmente figura la supresión del artículo que alude a los ultrajes a España: “Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses”.
El fundamento de esta propuesta es la libertad de expresión que “es el derecho fundamental de toda persona a expresar ideas libremente, y por tanto, sin censura” y añaden que “el Estado español debe superar estas censuras que tipifican como delitos la quema de banderas o la injuria a la Corona desde un concepto de sacralización de la imagen del rey y de su familia” y aluden al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que sostiene que la quema de imágenes del rey “debe entenderse como un acto de rechazo hacia la institución de la monarquía y que, por tanto, entra dentro del ámbito de la crítica política o la disidencia y está protegido por el derecho a la libertad de expresión”.
Dicho de otra manera, los representantes de las fuerzas independentistas han conseguido, con la anuencia socialista, que a partir de ahora hagan trizas la enseña nacional y monten un aquelarre con los retratos de la familia real. Y qué pasará cuando eso mismo se haga con las banderas que representan sus idearios o las imágenes de sus dirigentes…
Más que una mesa
Recientemente hablábamos sobre la puesta en escena del encuentro en Barcelona entre Quim Torra y Pedro Sánchez. Aludíamos a la parafernalia dentro de los parámetros protocolarios-recepción, bienvenida, salutación, rendición honores, marco de reunión, enseñas…-, pues bien, hoy haremos referencia al nuevo encuentro producido entre ambos mandatarios, si bien esta vez fue en Madrid, en otro Palacio, el de la Moncloa y ambos acompañados por miembros-miembras de sus respectivos Gabinetes.
Esta reunión en esta ocasión ha sido con motivo de la constitución de la mesa de diálogo entre el Gobierno central y la Generalitat, uno de los compromisos adquiridos por el actual jefe del ejecutivo español para obtener el respaldo a su investidura y ahora gestión de Gobierno por parte de los independentistas catalanes.
Pues bien, en este caso no hubo necesidad de tanto aparato, sino que más bien fue una escenificación gestual, sin alfombra roja ni rendición de honores. Estaba todo meticulosamente estudiado para que la delegación invitada se sintiese cómoda y que por otra parte es siempre el propósito de un buen anfitrión. Los movimientos fueron diseñados con esta finalidad. Desde el mismo instante en que pisaron los jardines hasta que se formó la mesa.
Se organizó una comitiva hasta que llegaron finalmente a la entrada principal del Palacio de la Moncloa. Se conformaron grupos mixtos entre representantes de la Generalitat y del Gobierno y por supuesto, el anfitrión, esto es, Pedro Sánchez, aguardaba a su invitado de honor, el señor Torra. Nada quedaba al albedrío o la improvisación. Eran los preliminares del encuentro que se celebraría a continuación en sala Tapies-antes salón de Tapices-. Ambas delegaciones cara a cara, como corresponde a cualquier mesa de negociación y ambos máximos dirigentes uno frente a otro y rodeados por sus ministros y consejeros, estos dotados de sus “elementos identificativos”, tales como lazos amarillos y chapas. Un clásico.
Y como colofón y máximo honor, el presidente del Gobierno de España invitó al dirigente catalán a que compareciese ante los medios de comunicación en la sala de prensa, un espacio reservado al presidente del Ejecutivo y a algún mandatario internacional, pero que no es habitual que se ceda al titular de una comunidad autónoma. Eso sí, con las banderas de España y Cataluña como testigos mudos de este encuentro, aunque tampoco hubiese sobrado la bandera de Europa, a fin de cuentas España y Cataluña forman parte de la UE.